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Cancillería informa a connacionales sobre proceso de finalización del Título 42

Ante el anuncio del Gobierno de Estados Unidos sobre la finalización del Título 42, una orden de salud pública, la Cancillería informa a los connacionales que, tras la cancelación de esta normativa, las autoridades estadounidenses aplicarán los procesos de deportación bajo el Título 8.

Así, a las personas migrantes que intenten ingresar por sus fronteras de manera irregular, se les aplicará la deportación de manera inmediata, quedando fuera de programas de solicitud de asilo.

También se reitera que si la persona intenta ingresar por segunda vez, podrá ser procesada por cargos criminales.

Asimismo, se informa que bajo el Título 8, los migrantes serán entrevistados por las autoridades quienes determinarán su permanencia o no en dicho territorio, en caso de que no exista razón de permanencia, habrá deportación inmediata.

En ese mismo contexto, se comunica que el “Parole de Reunificación Familiar” anunciado solo aplica para los ciudadanos y residentes estadounidenses que ya poseen una petición familiar aprobada, bajo el Formulario I-130.

Por lo anterior, se recalca que las fronteras de dicha nación no están abiertas o liberadas para su libre tránsito, por ello, se hace un llamado a las personas a que no se dejen engañar sobre información y procedimientos migratorios que no estén apegados a lo antes anunciado.

La Cancillería pone a la disposición la Red Consular de El Salvador para consultas referidas a este tema; además, los números del Consulado Virtual: 1-888 301-1130 y el +503 7070-1071.

Publicado el 11-05-2023.

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